Pepe Reina y Seguros Groupama
En este caso, a pesar del cariz humorístico del anuncio, hubo quejas sobre su carácter racista, y el anuncio fue retirado por la propia compañía. Personalmente, creo que el anuncio es perfectamente legal, ya que el carácter humorístico es muy claro: estaríamos en un caso de animus iocandi, y no de animus iniuriandi (ánimo de hacer una broma, y no de ofender).
Calendario de Ryanair
La siempre polémica aerolínea viene publicando un calendario con algunas de sus azafatas en bikini. Pues bien, el año pasado el calendario y otros anuncios en los que aparecían dichas chicas fue declarado ilegal, conforme a lo establecido en el artículo 3.a de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad. Dicho artículo afirma que se consideran ilegales los "anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar (...)". En este caso, la jueza entendió, con razón a mi entender, que no existe conexión alguna entre un servicio de aerolíneas y unas chicas en bikini, con lo que declaró ilegal la campaña y ordenó su retirada.
Anuncios con famosos
Finalmente, también Ryanair ha hecho publicidad con personas famosas, sin pedirles permiso previamente. En este caso, se vulnera su derecho a la propia imagen, conforme a lo previsto en el artículo 18.1 CE y 7.6 de la Ley Orgánica 1/1982, de 15 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
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